Junto a un compañero economista ha estado trabajando en este tema:
SUMARIO
La Asociación de Academias de la Lengua Española (ASALE) está conformada
por cada una las academias de lengua española de los diecinueve países hispanoamericanos
(18 + Puerto Rico), la Real Academia Española, la academia en Estados Unidos y la
de Filipinas. En total son veintidós órganos estatales que han venido gestando
relaciones en torno a nuestra lengua.
Este trabajo busca definir si la ASALE es o no, un
organismo internacional analizando su carácter jurídico internacional, su funcionamiento,
competencias, funciones, historia, evolución y situación actual.
El Convenio Multilateral de la Asociación de Academias de
la Lengua Española (Bogotá 1960), el Tratado de Cartagena (1994) y los
Estatutos y Reglamento de la ASALE (Medellín 2007) son analizados a la luz de las
características teóricas de los organismos internacionales para esclarecer si
la ASALE es o no un organismo internacional.
A la luz de
ese análisis de los documentos relativos a la creación de la institución estudiada
se contrasta la teoría en cuanto a la personalidad jurídica, la tipología y el
marco normativo de la Asociación de Academias de la Lengua Española.
INTRODUCCIÓN
La Asociación de Academias de la Lengua Española (ASALE) es la institución
administradora de la política lingüística panhispánica, que regula y norma la
gramática, el vocabulario y la ortografía de nuestra lengua. “El comienzo de la
colaboración institucional entre España y los países de América sobre la lengua
compartida por todos ellos se remonta a mediados del siglo XIX” (1).
Los procesos emancipadores y la independencia en América dieron paso a la
formación de las repúblicas, que al adoptar el castellano como lengua oficial,
se concibieron hispanoamericanas. En 1871 la Academia Colombiana de la Lengua
Española fue la primera de las veinte academias que fueron creándose a lo largo
y ancho de la América hispana. En 1950, el entonces presidente de México,
Miguel Alemán Valdés (1903-1983), a través de la Academia Mexicana de la Lengua
(AML), planteó una reunión de las veinte corporaciones existentes. ”Todas sin excepción”,
con el fin de “poner al servicio de la humanidad esa fuerza de amor y de
cohesión espiritual que es el idioma” (2).
DESARROLLO
En 1951 se reúne el I Congreso de Academias de la Lengua Española en
México. Eso da pie a la consolidación y aprobación de unas bases que en el II
Congreso de 1956 se aprueban y dan paso
a que en el III Congreso de 1960 se consagre el carácter jurídico internacional
de la ASALE con el Convenio Multilateral de la Asociación de Academias de la
Lengua Española firmado en Bogotá el 28 de julio de 1960. Fue ratificado en sus
ocho artículos por más de los 7 entre 20 países como estipula el punto 4 de sus
propios estatutos. Este hecho hace que se reconozca por las partes firmantes el
carácter internacional que tienen tanto la ASALE como su “Comisión Permanente”
(Artículo 1 ConvMultASALE/1960). El artículo 2 expresa que “cada uno de los
Gobiernos signatarios se compromete a prestar apoyo moral y económico a su
respectiva Academia nacional de la Lengua Española” y además especifica, “a
proporcionarle una sede digna y una suma anual adecuada para su
funcionamiento”. Ese compromiso multilateral se consolida aún más en 1994
cuando el X Congreso de Academias de la Lengua Española propone a los Jefes de
Estados y Gobierno de los países de la Comunidad hispanohablante la
consideración de la conveniencia de la firma y
el consecuente compromiso internacional para renovar el Convenio de
Bogotá de 1960, y además formula dando otras propuestas que se desarrollan más
adelante.
Con el Tratado de Cartagena de Indias (1994), que expresamente especifica
que “las circunstancias aconsejan fortalecer la unidad de nuestra lengua como
el más firme soporte político, cultural y económico de la Comunidad
hispanohablante en el mundo”, se renueva el compromiso de Bogotá 1960
estableciendo cuatro líneas de acción que impulsar entre los países partes
para: 1. dar “acogida particular a los proyectos de la Asociación” y aquí se
hace especial énfasis al incluir la expresión “relativos a la unidad, a la
perfección y al desarrollo de la Lengua Española”; 2. comprometerse “a
intercambio de investigadores y estudiosos de los Centros de Investigación
lingüística de las distintas naciones”; 3. 1os gobiernos ayudan a sus
asociaciones y les apoyan “a solicitar la participación de recursos
internacionales para implantar una red de comunicaciones que agilice y haga más
eficaz la imprescindible unión, de pensamiento y de realizaciones de todas las
Academias” y 4. que en lo expresado en los puntos anteriores se “incluyan también
a las comunidades hispanohablantes en entidades políticas diferentes tales como
Filipinas, Puerto Rico y Estados Unidos de América”.
Así, la Asociación de Academias de la Lengua Española (ASALE) ha ido
evolucionando y especificando la definición de su quehacer, razón de ser y
funcionamiento hasta que en el 2007 se da el siguiente paso. Los “Estatutos y
Reglamento” de la ASALE fueron aprobados durante el XIII Congreso de la ASALE
celebrado en Medellín, Colombia. Los estatutos fueron aprobados durante la
segunda sesión plenaria del jueves 22 de marzo de 2007. Están definidos en 35
artículos (del 1 al 35) divididos en seis títulos: “Disposiciones generales”,
“Fines”, “Órganos de gobierno”, “Nuevos miembros”, “Patrimonio y régimen
económico”, “Modificación”. El Reglamento fue aprobado durante la tercera
sesión plenaria, el viernes 23 de marzo. Incluye 63 artículos (del 1 al 63)
divididos en cinco capítulos: “Organización de las tareas académicas comisiones
y plenos”, “Actividades, premios y distinciones”, “Administración”,
“Congresos”, “Modificación”.
El artículo 2 de los Estatutos de la ASALE (2007) referido a la “naturaleza
y ámbito” expresa que la Asociación “tiene carácter jurídico internacional
reconocido en el Convenio multilateral sobre la Asociación de Academias de la
Lengua Española, suscrito en 1960 en Bogotá y posteriormente ratificado por
dieciocho Estados que tienen el español como lengua oficial”. El artículo 3
habla sobre la “personalidad” y manifiesta que la ASALE tiene personalidad
jurídica propia con plena capacidad para realizar actos y contratos con la idea
de cumplir sus objetivos y fines. De esa manera enfatiza que “en consecuencia,
puede adquirir, poseer, disponer y enajenar toda clase de bienes muebles e
inmuebles obtenidos por cualquier título legítimo, incluso los de donación,
herencia o legado; realizar toda clase de actos y contratos, así como litigar y
comparecer en juicio en defensa de sus derechos e intereses”. El domicilio,
tanto de la ASALE como de su Comisión Permanente, “a todos los efectos
legales”, es la Casa de la Real Academia Española, calle Felipe IV, 4, Madrid,
España (art. 4).
Esa colaboración institucional entre España y los países hispanohablantes
se consolida a través del artículo 7 de los Estatutos de la asociación que
regula y modula nuestra lengua y determina que su “fin esencial” es “trabajar a
favor de la unidad, integridad y crecimiento de la lengua española, que
constituye el más rico patrimonio común de la comunidad hispanohablante. Por
ello desarrollará una política lingüística panhispánica, que implica la
participación real y efectiva de todas las Academias asociadas en las obras
que, como el Diccionario, la Gramática y la Ortografía, sustentan y expresan la
unidad de la lengua…”.
A continuación conviene hacer un repaso más específico y crítico de ese
proceso descrito inicialmente a partir de los textos de los documentos.
Firma y ratificación del Convenio Multilateral de Bogotá del 28 de julio de
1960
El artículo 1 del Convenio Multilateral
sobre Academias de la Lengua Española indica que “los Gobiernos signatarios
reconocen el carácter internacional que por su naturaleza tienen tanto la
Asociación de Academias de la Lengua Española, creada en el Congreso de
Academias de México de 1951, como la Comisión Permanente, órgano de la misma”. Los artículos 2 y 3 hacen especial
énfasis en que los Gobiernos signatarios se comprometan a “prestar apoyo moral
y económico a su respectiva Academia nacional de la Lengua Española, o sea a
proporcionarle una sede digna y una suma anual adecuada para su funcionamiento”
así como para “para el sostenimiento de la Asociación de Academias de la Lengua
Española y de su Comisión Permanente”. El artículo 4 vuelve a insistir en el
compromiso y apoyo presupuestario y de partidas para cumplir este Convenio. Este
documento figura como una declaración de intenciones a favor de nuestra lengua
que, según lo especifica el resto de los artículos, entra en vigor una vez que
los estados lo ratifican; establece que el depósito es en el Ministerio de
Asuntos Exteriores de España, y una vez que siete Estados depositado su
ratificación entrará en vigor entre ellos. Tendrá validez indefinida, con
posibilidad de ser denunciado con doce meses de anticipación. Se registra en la
Secretaría General de la ONU de las Naciones Unidas por España.
En cuanto al proceso de ratificación,
se pudo confirmar y realizar a partir de la copia de los documentos y las actas
anexas al Convenio 1960, que el orden en que ratificaron los diferentes países
firmantes fue el siguiente:
|
Órden
|
País
|
Fecha de ratificación
|
Fecha de
Acta-Depósito
|
Página en
documento
|
|
1
|
Panamá
|
3 jul. 1962
|
18 dic. 1962
|
31-32
|
|
2
|
Argentina
|
18 ene. 1963
|
25 mar.1963
|
49-51
|
|
3
|
Paraguay
|
18 sep. 1963
|
18 oct. 1963
|
35-36
|
|
4
|
Costa Rica
|
23 sep. 1963
(el 13 decreto)
|
22 oct. 1963
|
27-29
|
|
5
|
Guatemala
|
21 oct. 1963
|
14 nov. 1963
|
25-26
|
|
6
|
Colombia
|
31 oct. 1963
|
4 dic. 1963
|
11-13
|
|
7
|
Ecuador
|
26 nov. 1963
|
18 dic. 1963
|
15-16
|
|
8
|
Nicaragua
|
11 nov. 1964
24 nov. 1964
4 ene. 1965
|
1 feb. 1965
|
43-48
|
|
9
|
Venezuela
|
8 ene. 1965
|
28 jun. 1965
|
19-20
|
|
10
|
Bolivia
|
9 nov. 1965
|
|
37
|
|
11
|
El Salvador
|
16 may. 1967
|
13 jun. 1967
|
17-18
|
|
12
|
Chile
|
14 oct. 1967
|
14 dic. 1967
|
21-22
|
|
13
|
Dominicana
|
1968
|
10 ene. 1969
|
38-42
|
|
14
|
Perú
|
19 ago. 1969
|
15 oct. 1969
|
23-24
|
|
15
|
Uruguay
|
5 nov. 1969
|
22 abr. 1970
|
53-54
|
|
16
|
Honduras
|
28 nov. 1972
|
13 dic. 1962
|
55-57
|
|
17
|
Cuba
|
7 sep. 1994
|
4 oct. 1994
20 oct. 1994
25 oct. 1994
|
33-34
|
*Valga resaltar que según el
análisis de la copia del Tratado de Bogotá 1960 estudiada no figuran, al parecer,
18 ratificaciones, sino 17 como lo expresa el cuadro anterior. México no
aparece.
Cabe resaltar que, según el análisis de la copia del Tratado de Bogotá 1960
estudiada XX coma aquí XX no figuran, al parecer, 18 ratificaciones, sino 17,
como lo expresa el cuadro anterior. México no aparece. Tampoco se pudo
contactar a la organización analizada por lo que, interpretando sus propios
documentos, debió haber entrado en vigor el 26 de noviembre de 1963.
Personalidad Jurídica, Gobierno y Administración
Según lo establecido tanto en su tratado fundacional como en el desarrollo
de sus estatutos, la ASALE tiene carácter jurídico internacional, con
personalidad jurídica propia, con plena capacidad para realizar actos y
contratos en la búsqueda de sus fines. Es una organización gubernamental, ya
que basa su existencia en la unión de órganos gubernamentales como son las
Academias de la Lengua de cada país, además de estar financiada (en una parte
importante) por las aportaciones de cada uno de estos al proyecto común. Por
otro lado, tiene unas competencias cedidas por los miembros a este ente
superior, ya que su fin último es la unión de políticas lingüísticas en aras de
conseguir un mayor desarrollo del idioma común.
Tiene su domicilio y sede en la Casa de la Real Academia Española, en
Madrid, siendo esta academia la que aporta de forma permanente la
infraestructura logística para el funcionamiento de la ASALE.
El órgano cumbre de la ASALE es el “Congreso”, que se reunirá al menos cada
cuatro años, marcando las líneas maestras tanto en el ámbito de la propia
institución como en el de los trabajos a llevar a cabo.
A continuación se presenta la lista de los Congresos realizados por la
ASALE hasta el momento:
I Congreso (México, 1951)
II Congreso (Madrid, 1956)
III Congreso (Santafé de Bogotá, 1960)
IV Congreso (Buenos Aires, 1964)
V Congreso (Quito, 1968)
VI Congreso (Caracas, 1972)
VII Congreso (Santiago de Chile, 1976)
VIII Congreso (Lima, 1980)
IX Congreso (San José de Costa Rica, 1989)
X Congreso (Madrid, 1994)
XI Congreso (Puebla de los Ángeles, 1998)
XII Congreso (San Juan de Puerto Rico, 2002)
XIII Congreso (Medellín, 2007)
XIV Congreso (ciudad de Panamá, 2011)
El próximo Congreso se realizará en el año 2015. El control ejecutivo y la
coordinación la lleva a cabo la “Comisión Permanente”, que tiene como funciones
cumplir con los acuerdos adoptados, realizar las gestiones para la conservación
y mejora de la asociación, formular proyectos de reforma del Reglamento,
colaborar con las academias en pro del desarrollo lingüístico y la creación de
comisiones especiales para atender las necesidades que lo requieran. Está
constituida por el presidente, secretario general, tesorero y no menos de dos
vocales. Su sede, al igual que la sede la ASALE, será en Madrid.
El presidente nato de la Asociación lo es también de su Comisión Permanente
y corresponde según estatutos al Presidente de la Real Academia Española. Sus
funciones son presidir y representar a la Asociación, velar por el cumplimiento
de los acuerdos, velar por la participación activa de cada Academia XX aquí
coma XX así como impulsar la política lingüística panhispánica.
El Secretario General es elegido mediante voto secreto por los jefes de
delegación de cada academia (excepto la española) en los Congresos Plenarios,
finalizando su mandato en el siguiente Congreso. Entre sus funciones destacan
las de actuar como fedatario, la custodia de las actas, despachar los asuntos
administrativos y presentar informes detallados de su actividad de la Comisión
Permanente.
El Tesorero es un miembro de número
de la Real Academia Española, nombrado por la Junta de Gobierno y ratificado
por el Pleno. Entre sus funciones destaca la de elaborar los presupuestos
ordinarios y extraordinarios y velar por la buena marcha de las finanzas de la
asociación. Los vocales son designados cada año en función de un turno de
rotación, del que queda excluida la Real Academia Española. La Comisión
Permanente funciona en Pleno al menos tres meses al año. En las reuniones se
trata de los proyectos en curso así como de los asuntos de gobierno de la
Asociación.
Para proyectos concretos se nombran Comisiones Interacadémicas. Para
resolver asuntos específicos pueden nombrarse Comisiones Especiales (en las que
estarán presentes el Presidente y el Secretario General).
El fin esencial de la Asociación es trabajar en pro de “la unidad,
integridad y crecimiento” (Estatuto ASALE, Artículo 7) de la lengua española.
De esta forma podemos comprender que es necesario que sus integrantes se
impliquen en los proyectos que se llevan a cabo, especialmente en las obras que
la Asociación saca adelante, tales como el Diccionario, la Gramática y la
Ortografía, que son la base del conocimiento y del uso correcto del vínculo más
importante entre los países asociados: la lengua compartida por todos ellos.
Además de esto, aunque intrínsecamente unido, la Asociación fomenta la
investigación y la organización de actos que puedan impulsar el fin básico de
su creación. Además de esto, la Asociación premia con la Medalla de Oro de la
Asociación de Academias de la Lengua a personas o instituciones que colaboren
en alcanzar los fines de la ASALE y convoca los Premios Asociación de Academias
de la Lengua Española para fomentar iniciativas de conocimiento y difusión del
español.
La Asociación se financia por tres vías principales. La primera, que ya se
ha apuntado con anterioridad, es la aportación de las Academias miembros (lo
que viene a ser aportación de los Estados), los beneficios derivados de los
derechos de autor y las subvenciones
tanto públicas o privadas. A ello hay que añadir, como también se ha
mencionado, que además de estos ingresos dinerarios hay también una aportación
fundamental de la Real Academia Española, que es proporcionar una sede,
cediendo y manteniendo el espacio para el uso de la ASALE, así como proveyendo
de material y personal colaborador a la misma.
La cuantía y periodicidad de las aportaciones de cada miembro las fija la
Comisión Permanente de acuerdo con los directores de las Academias asociadas.
Básicamente las partidas de gasto son dos, el funcionamiento y los proyectos
que se lleven a cabo. Estos son minuciosamente estudiados antes de que se
decida si merecen recibir ayuda de la Asociación.
Los Organismos Internacionales
En un apartado referido a la teoría de los organismos internacionales es
fundamental comenzar por una definición de este concepto: “un organismo
internacional es un sujeto de derecho internacional derivado, creado,
generalmente, por Estados, dotados de una estructura permanente e
independiente, en cuyo seno, por procedimientos complejos, se va a elaborar una
voluntad jurídica distinta a las de los Estados creadores, destinada a realiza
las competencias que le han sido atribuidas” (Diaz de Velasco, M (1973), Instituciones de derecho internacional
público, (16º Edición, 2007), Editorial Tecnos, Madrid).
Los organismos internacionales han proliferado en las últimas décadas,
hasta estar por encima del doble de Estados (podríamos estar hablando de
alrededor de 500, de los distintos tipos y ámbitos), debido a varios factores
que interactúan en el contexto de la Globalización. Un contexto cada vez más
pacifista, unido a la conciencia de que la unidad favorece el progreso. Esas
ideas fueron gérmenes para favorecer la cercanía entre diferentes. A su vez, la
revolución de las telecomunicaciones y la superación del tiempo y el espacio han
hecho que cada vez más ciudadanos (sociedad civil), de muy distintos orígenes,
se sientan muy cercanos y sientan que sus problemas no son individuales sino
colectivos, a nivel global. Incluso pudiera percibirse que sus retos son compartidos,
solidarios, de tal forma que sea haga necesaria la creación de marcos comunes
de entendimiento e intercambio de ideas y proyectos en pro del bien común.
Las Naciones Unidas fueron un marco importante para evitar confrontaciones
tras las graves tensiones por los resultados de la Guerra Fría. Pero en el
sentido de “unidad” podemos hablar de la Unión Europea como ejemplo de éxito en
el acercamiento entre Estados, demuestra que se pueden alcanzar mayores metas
si todos reman en la misma dirección (su crisis viene, precisamente, cuando
esto deja de ocurrir). Por ello, no es de extrañar que en todo el mundo hayan
surgido puntos de encuentro no sólo ya en el campo económico, sino también,
ahora, sino que también se busca la cooperación en los más diversos temas,
porque la individualidad choca de frente con la dinámica del mundo actual y,
como decíamos arriba, parece que la búsqueda del bien común se consolida. Hoy
día podemos encontrar organismos internacionales relacionados con temas muy
diversos. De hecho, quintuplican y más los 198 Estados reconocidos por la ONU
hasta el momento.
Desmenuzando la definición anteriormente dada podemos encontrarnos estar
características comunes a todas las organizaciones internacionales.
Los creadores van a ser Estados, ya que son los sujetos primarios de
derecho internacional quienes deciden unirse de forma estatal o
intergubernamental en un sujeto internacional de carácter secundario. El instrumento de creación suele ser
un tratado entre los Estados partícipes, cuyo número, si los integrantes lo
consienten, puede ampliarse con el tiempo. Tienen una estructura orgánica que
da vida a su funcionamiento, es decir, no están vacías de contenido, sino que
brota de las mismas una actividad que les da protagonismo y relevancia. Tienen
unos fines y competencias, para lo cual se les cede poder para que tengan una
autonomía (relativa, ciertamente) respecto de sus creadores. Esto es básico
para el entendimiento entre los Estados partícipes, al reducir a una sola voz
las divergentes opiniones que pueden surgir en los asuntos para los que el
organismo se haya creado, de tal forma que tienen un ámbito de decisión al
margen de los Estados (muchas veces estos tienen que cumplir decisiones que no
son de su agrado porque han cedido competencias). “Esta autonomía puede
manifestarse en el ámbito internacional a través de actos unilaterales o por la
adopción de Tratados con otros sujetos internacionales” (Diez de Velasco: p.
359
En cuanto a los tipos de organismos internacionales se distinguen según distintos
factores:
Los tipos de organismos internacionales se distinguen según diferentes
factores, que detallamos a continuación.
En primer lugar, la “duración”, pues pueden ser permanentes o finitos. En
cuanto a sus competencias podemos distinguirlas entre “plenas”, que son
aquellas que tienen un ámbito de decisión de obligado cumplimiento por parte de
los Estados miembros, “semiplenas”, con resoluciones vinculantes o “de
consulta”. Por sus materias los podemos distinguir en función del campo al que
estén destinados, por ejemplo la “economía” o la “cultura”, si bien también las
hay que incluyen “diversas materias”. En el campo de su composición podemos
verlas como “puras” (sólo Estados) mixtas (Estados y otras entidades públicas
menores), “integradas” (Estados y otras organizaciones internacionales) o
“autónomas” (sólo organizaciones internacionales). Una última clasificación
podría ser la de la relación con los poderes públicos de los países, lo que nos
daría la distinción entre “gubernamentales” y “no gubernamentales”.
Tipología de la organización internacional ASALE
En lo que sigue, pasamos a caracterizar a la ASALE, en cuanto organización
internacional.
En el Convenio fundacional de Bogotá (1960) se expresa que es un órgano
creado por los “gobiernos de los pueblos representados en el Tercer Congreso de
la Asociación de Academias de la Lengua Española, deseosos de celebrar una
convención que consagre el carácter jurídico internacional de la Asociación”.
Es decir, son los sujetos primarios de derecho internacional quienes la crean.
Y su instrumento fundacional es un Tratado (aunque aquí se le denomine
Convenio). Por otro lado, como ya se ha apuntado anteriormente, existen unos
órganos de gobierno de dicho organismo (ASALE) que la hacen funcionar de forma
permanente. Además, toman decisiones al margen de los Estados en la búsqueda de
sus fines, en este caso, rigen la política lingüística de forma unitaria para
todos los países hispanoparlantes. Por lo tanto, vemos que se cumplen las
condiciones de partida para decir que estamos ante una una organización
internacional.
Por otra parte, para clasificarla, habría que acotar que la ASALE es una
organización de duración indefinida,
tal como refleja el artículo 6 de su Estatuto. Tiene competencias plenas en su ámbito de actuación, ya que se aceptan
sus decisiones por todos los miembros (como es obvio, al no estar aquellas
relacionadas con una cuestión política es más fácil que sean aceptadas sus
decisiones). Su campo de acción es el lingüístico-cultural.
Es una organización pura, ya que está
formada solamente por Estados, a través de sus respectivos órganos, la Academia
de la Lengua de cada país. Es una organización de cooperación, ya que no pretende sustituir a las academias
nacionales, sino buscar los puntos comunes. Por todo ello es una organización
de carácter gubernamental. En el caso
de alcanzar acuerdos si es posible que lo haga, porque actúa de representante
única de todas (Ius Tratatum). Aunque no tiene representación diplomática por
sí misma, si que tiene responsabilidad internacional.
Tras este análisis podemos dar como sólida la consideración de que la ASALE
es un organismo internacional, ya que, pese a que su campo de acción esté algo
alejado de lo meramente político, al estudiarla vemos como cumple los
caracteres básicos de la teoría de los organismos internacionales. Su acción
además hace que cumpla una de las razones de ser de estos organismos, que es la
intención de acercar a diferentes a través de puntos comunes de entendimiento,
en este caso algo tan grande como una lengua común, su defensa y su desarrollo.
Marco normativo de la ASALE
El proyecto de la ASALE surge, como ya hemos visto, en 1951, aunque tarda
unos años en hacerse realidad. Las conclusiones de los primeros congresos
hicieron que las partes viesen conveniente superar la barrera de la celebración
de cumbres multilaterales frecuentes para lograr una permanencia que diese
fuerza a sus propósitos, es decir, convinieron en que un órgano superior a las
academias tomase las propuestas y las pusiera en funcionamiento.
Una reunión, o un congreso, no es una organización internacional. Es
necesaria una vocación de permanencia y unos órganos que día a día hagan las
tareas que las partes contratantes hayan delegado para ese congreso o
reunión. De esta forma la ASALE nace teniendo
como uno de sus propósitos dotar de una personalidad jurídica internacional a
lo que antes era simplemente un marco de entendimiento. Esto fuerza a los
participantes a comprometerse con la misma, pues quedan sujetos por una norma
de derecho internacional, un Tratado, que tiene una importante fuerza jurídica,
porque expresa el deseo de las partes de alcanzar las metas propuestas.
El Convenio de Bogotá está firmado por los países que tienen Academia de la
Lengua Española. En dicho Convenio los signatarios se declaran dispuestos a
crear un órgano permanente y a dotarlo de los medios (materiales, morales y,
sobre todo, económicos) para que puedan fomentar y defender la lengua común de
todos ellos. Podría decirse que este Tratado se asemeja a los cimientos de una
casa, porque es la base que luego se rodea de estatutos que desarrollan la idea
de la que parte el Tratado.
En los estatutos podemos ver cómo se hace efectiva la Asociación. En ellos
se presentan temas fundamentales: la naturaleza y su personalidad jurídica, el
domicilio, duración, fines, gobierno, nuevos miembros, régimen económico y
modificación de la misma. Con estos puntos tenemos las reglas de juego de la
Asociación. Las partes acuerdan cuáles son las líneas generales de
funcionamiento. Es muy importante la
parte que trata de los fines (Título 2 de los Estatutos) pues deja constancia
de hacia dónde quiere dirigirse la Asociación. También es muy relevante el
siguiente Título, el de los órganos de gobierno, porque marca las relaciones de
poder dentro de la ASALE y cuál va a ser la función de los distintos órganos y
por quién van a estar formados.
En el título cuarto de los Estatutos se trata el acceso de nuevos miembros
a la Asociación. Cabe destacar que sólo se permite el acceso de una Academia
por país y que esta debe ser de ámbito nacional y no regional. En el título
quinto vemos lo referente al régimen económico, del que ya hemos hablado con
anterioridad y el último título de los Estatutos versa de la modificación de
los mismos, que deberá tratarse en el Congreso.
El Reglamento desarrolla con detalle el funcionamiento de la Asociación,
principalmente el de su gobierno, ya que especifica cómo debe ser el día a día
de los órganos, los mecanismos de elección de los vocales y las consideraciones
oportunas para velar, así como que se lleven a cabo las tareas que se
encomiendan a dicho órgano, principalmente la Comisión Permanente, que es el
más importante, en tanto XX que XX fija la continuidad del proyecto
panhispánico. También en este Reglamento se trata las comisiones
interacadémicas, que tienen unos mandatos muy concretos en el ámbito en que
funcionen. Y se incluye, además, la posibilidad de convocar reuniones de
presidentes, si fuese necesario.
En la segunda parte del Reglamento encontramos las normas referentes a la
Medalla de Oro y otras condecoraciones que la institución pudiese conceder.
Tras ello vienen los puntos de administración, que nos explica los recursos y
las ayudas que la ASALE puede dar; de Congresos, que al ser un órgano
extraordinario tienen una organización muy específica, con reuniones previas,
mesa organizativa y demás aspectos propios de una reunión de este calado.
Estos documentos van desarrollando la organización, comenzando por un
Tratado, que es el compromiso de pasar de unas cumbres a una acción continuada
tras, coincidir las partes en que existen objetivos comunes y que la
cooperación entre las mismas puede ayudar a alcanzar esos fines. Tras ello, hay
que diseñar un marco de acción, en este caso los Estatutos, que concretan los
compromisos. Y una vez fijado el marco hay que establecer cómo van a
organizarse los aspectos más concretos, para ello se redacta el Reglamento.
Esta estructura es
propia de una organización internacional, que pese a su carácter sencillo, por
tener unas funciones específicas y carecer de conflictos políticos que le
afecten, tiene los aspectos propios de su rango, afirmando que la vinculación
se lleva a cabo con la idea de que sea un órgano superior a los equivalentes
nacionales. Más aún cuando ha ido aumentando el ámbito, el marco de influencia
de sus acciones, hasta que hasta llegar a las publicaciones comunes, que
suponen un hito en el desarrollo común de la lengua, ya que busca el que todas
las fuentes aporten contenidos al idioma, y que este se enriquezca. Esto no
habría sido posible sin un organismo superior a las Academias nacionales,
porque en ellas el marco de entendimiento habría sido demasiado débil. Y
constituirse como esa organización de rango superior es la razón de ser de la
ASALE.